sábado, 25 de julio de 2009

Actividades públicas y secretas

Ante todo permítaseme aclarar que entiendo lo público como propio de la Administración del Estado en sus distintos niveles y ámbitos de actuación.
Aún cuando no sea del todo exacta la equiparación de la Administración con una empresa privada, ambas tienen en común determinadas similitudes. Los medios de que ambas se valen son los recursos que los ciudadanos en su caso y los socios en otro ponen a su disposición para el cumplimiento de sus fines propios: el bien general y la rentabilidad del negocio respectivamente. Aunque su naturaleza sea distinta, ciertas condiciones limitan en la práctica la extensión de los calificativos, de modo que ni la publicidad de lo público –valga la redundancia- es total, ni la privacidad empresarial es rigurosamente cierta.
Así ocurre que la sociedad privada está obligada por ley a certificar sus cuentas mediante una auditoría externa para ser sometidas después a la aprobación de la asamblea de socios. Estos datos están a disposición de quien quiera consultarlos en el Registro Mercantil.
El gobierno, por su parte, elabora el presupuesto anual de ingresos y gastos que es discutido y aprobado en su caso por el Parlamento. Lo mismo que acontece con los gobiernos autónomos, y en cierto modo, con las Diputaciones y Ayuntamientos, pero su publicidad es parcial y escasa, y a posteriori es examinada por el Tribunal de Cuentas, si bien con notable retraso. Pero no hay rendición de cuentas en sentido estricto ni ante las Cámaras ni, por supuesto, ante la opinión pública. Y no hace falta que aludamos a los fondos reservados cuya existencia contradice el carácter público del Estado que en numerosos casos vulneran la ley al realizarse los pagos a confidentes sin justificante y sin que el precepto esté sujeto a impuesto alguno.
Si del presupuesto estatal pasamos al de las Administraciones periféricas (Autonomías, Diputaciones y Ayuntamientos) la opacidad es aún mayor. Los presupuestos son aprobados por los concejales, pero no así en qué grado de su cumplimiento.
No se comprende que, mientras el consejo de administración de una sociedad anónima ha de redactar una memoria justificativa de su actuación y explicar las desviaciones de los objetivos trazados, a ninguna de las Administraciones se les exige que justifiquen, por ejemplo, por qué el presupuesto se cerró con déficit, o por qué tal o cual obra pública costó el doble de lo presupuestado. Y si esto es cierto con respecto a las propias Administraciones, el oscurantismo es mayor en relación con los organismos autónomos que de ellas dependen que, por este procedimiento, se sustraen al control parlamentario. El contraste se hace todavía más patente si reparamos que participar en una empresa es una opción voluntaria, en tanto que la condición de contribuyente viene impuesta coactivamente por la ley.
Tengo la fundada sospecha de que si el sector público siguiera el ejemplo de las sociedades anónimas, desaparecería en buena parte la resistencia que suscita la exacción de tributos, que no sabemos adónde van ni cómo son administrados. Lo mínimo que parece exigible es la publicación en la prensa de la liquidación para que los datos puedan llegar al público. El contribuyente merece mayor respeto por los gestores públicos y este derecho debería estar reconocido por la normativa legal. En otro caso, uno se siente tentado de creer que los políticos actúan con irresponsabilidad y ligereza porque disparan con pólvora del rey que paga Juan Pueblo.

viernes, 3 de julio de 2009

Paraísos fiscales

“Decidimos (en la cumbre del G-20 en Washington en noviembre de 2008) que ningún actor (financiero) podría volver a escapar de una autoridad reguladora. Esta regla debería aplicarse … por supuesto a los paraísos fiscales”. Así de rotundo se expresó por escrito el presidente francés Nicolás Sarkozy en un artículo aparecido en “El País” el 1 de abril de 2009.
La eliminación de esos antros del ocultismo financiero era uno de los objetivos de la cumbre de Londres celebrada el 2 de abril. La realidad, sin embargo, quedó lejos de lo esperado. El comunicado oficial, en su párrafo 15 se limita a recomendar “tomar medidas (sin especificar cuales) contra las jurisdicciones no cooperativas, incluídos los paraísos fiscales”.
Habrá que esperar, aunque sea con escepticismo, que el acuerdo se traduzca en medidas legislativas que introduzcan claridad y transparencia en las operaciones que los paraísos fiscales realizan con opacidad y secreto.
Es preciso reconocer que el solo anuncio de que el asunto se iba a tratar en la reunión de Londres produjo el efecto de que muchos de tales centros financieros se adelantasen a prometer que abandonarían el secreto bancario, y la simple publicación por la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo) hizo salir los colores a gobernantes de países que amparaban estas prácticas irregulares y se comprometieran a cambiarlas en adelante.
El “optimista antropológico” como se autodefine el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, llegó a decir que el secreto se acabó, apreciación excesiva que el primer ministro británico, Gordon Brown se sintió obligado a corregir, aclarando que se trataba de un paso hacia el principio del fin.
Los paraísos fiscales acogen depósitos de capitales que evaden la tributación legal de los países donde se originaron las rentas o plusvalías , mientras los salarios de los trabajadores soportan la carga impositiva sin posibilidad de eludir la exacción. Por lo general, los beneficiarios de esta actitud insolidaria acuden a la creación de sociedades “offshore” o sociedades pantalla domiciliadas en territorios donde los impuestos son mínimos o nulos. Al ser sus titulares considerados no residentes, están exentos de tributación. Dichos lugares son, por tanto, refugios del dinero negro.
Como muestra de la importancia que representa esta forma de evasión fiscal, la ONG Intermon Oxfam estima en 94.000 millones de euros lo que los países en vías de desarrollo pierden por este concepto. Esta cantidad es superior a los 78.000 millones que los países más pobres reciben en concepto de ayuda al desarrollo.
Pero, además de amparar el fraude, los paraísos fiscales constituyen el sistema circulatorio del terrorismo, del narcotráfico y de la criminalidad organizada, a través del secreto de sus transacciones.
Siendo perfectamente conocidos los efectos perversos de estos centros financieros opacos, uno se pregunta por qué operan en la legalidad, y por qué la comunidad internacional, pudiendo hacerlo, no impide su existencia. La respuesta no puede ser otra que el poder de los intereses creados de los más poderosos amparados por los gobiernos que, siendo demócratas, se abstienen de actuar en defensa de los intereses generales de la población. Ello hace temer que faltará la voluntad política para dar efectividad a los acuerdos de Londres por lo que podrían quedar reducidos a simple papel mojado.
En la aludida relación de la OCDE aparecen 43 paraísos fiscales y, si bien muchos tienen su sede en pequeñas islas atlánticas, colonias del Reino Unido, Estados Unidos y Holanda, 15 de ellos están residenciados en naciones europeas que se presentan como modelos de respeto a la ley: Suiza, Austria, Bélgica y Luxemburgo. De ahí la fundada sospecha de que quieran realmente cumplir lo acordado. Tampoco EE.UU. está exento de culpa, dado que tres de sus estados (Wyoming, Nevada y Delaware) practican el secreto de sus cuentas bancarias, aunque sorprendentemente no aparezcan en la lista de la OCDE, como denunció Suiza, irritada por estar incluida en ella.